Notificación a residentes y participantes
sobre las exenciones de HUD con relación al COVID-19. Haga clic aquí para ver el aviso
Los propietarios e inquilinos ahora pueden ver el estatus, los resultados y detalles de las inspecciones de los pasados 12 meses. También podrán ver las inspecciones programadas. Haga clic en el enlace Buscar Inspecciones a continuación.
The Workforce Housing Incentive Program (WHIP) is an incentive currently being implemented by Miami-Dade Housing Choice Voucher Program (MDHCV) for new owners (non-existent vendors) in which they will receive a one-time bonus of $2,000 for the first lease signed with an HCV participant and an executed Housing Assistance Payment (HAP) contract.
Entrada en vigencia: 25 de marzo de 2022 Ordenanza N.º 22-30: La Junta de Comisionados del Condado de Miami-Dade aprobó una nueva ordenanza que determina que los propietarios deben notificar por escrito a los inquilinos residenciales con, al menos, 60 días de anticipación en los siguientes casos: un aumento del alquiler que supere el 5% o la rescisión del contrato de alquiler residencial de mes a mes.
La Ordenanza anterior (No 21-1) a partir del 20 de enero de 2021 solo proporcionó un aviso de terminación de 30 días para los inquilinos de mes a mes. No se han previsto ordenanzas anteriores para la notificación del aumento del alquiler.
Se prevé que esta ley tendrá un efecto beneficioso para los residentes y ayudará a los inquilinos a adentrarse en el mercado de alquiler que es sumamente competitivo al brindarles más tiempo para que se adapten a alquileres más caros o busquen una vivienda alternativa.
Puede leer la ordenanza aquí.
En caso de que se haya enviado el aviso legal por escrito requerido con una anticipación de 60 días y el inquilino no haya aceptado el aumento del alquiler/la rescisión ni un acuerdo aceptable, el propietario aún puede hacer cumplir el aumento del alquiler o exigir que el inquilino desaloje la propiedad. (El propietario no puede aumentar el monto del alquiler durante el primer año inicial del contrato de alquiler)
Los propietarios deben informar al Miami Dade Housing Choice Voucher (MDHCV) sobre el aumento del alquiler haciendo clic aquí. Los propietarios deben proporcionar una copia del aviso con 60 días de anticipación que le enviaron a su inquilino. Los propietarios nunca pueden cobrar un importe mayor al que está aprobado por el MDHCV. Es ilegal que los propietarios cobren por pagos adicionales que no están aprobados por el MDHCV y también es ilegal que los inquilinos realicen estos pagos.
Si el propietario rescinde el contrato, debe presentar una copia del aviso de no renovación o los documentos de desalojo aquí.
Si el inquilino piensa que no puede pagar su nuevo importe de alquiler, entonces puede notificárselo a su propietario y solicitarle que envíe una reducción de alquiler a nuestra oficina. Si el propietario se opone, se permite que el inquilino se mude, pero el inquilino debe avisar al respecto de manera oportuna y rescindir el contrato de alquiler de acuerdo con los términos de este.
Los inquilinos pueden solicitar un cambio de vivienda aquí si deciden mudarse de la propiedad.
Los inquilinos pueden encontrar información sobre la vivienda disponible en varios lugares, que incluyen:
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA REUBICACIÓN DE LA OFICINA DE LA SECCIÓN 8
La oficina del Programa de la Sección 8 ubicada en 7400 NW 19th St, Suite H, cerrará permanentemente a las 5:00 p.m. el viernes 30 de agosto de 2019. Todas las familias y propietarios serán atendidos desde una ubicación nueva y temporal a partir del martes 3 de septiembre de 2019. La nueva oficina temporal estará ubicada en 2001 NW 107th Ave, Doral, FL 33172. La nueva ubicación está a 2 millas al oeste de la ubicación actual y se puede acceder a ella a través de las rutas #36 y #208 del Metrobús, así como la ruta #1 del Trolebúsde la Ciudad de Doral.
Esta nueva ubicación de Doral atenderá a los clientes de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (excluyendo los días festivos celebrados) y después del horario de atención solo con cita. Se recomienda programar las citas, pero se aceptan visitas sin cita durante el horario normal de la oficina. Las citas se pueden programar en www.mdvoucher.com.
El Programa de la Sección 8 también abrió un nuevo Centro de Servicio al Cliente en Miami-Gardens. El Centro de Servicio al Cliente está ubicado en 1111 Park Centre Blvd, Suite 104, Miami-Gardens, 33169. La oficina de Miami-Gardens atenderá únicamente a los clientes con citas programadas. Las citas se pueden programar en www.mdvoucher.com.
Si usted es un titular de un vale activo o un solicitante que ya está en la Lista de Espera Basada en Inquilinos del 2008 de MDHCV, puede inscribirse para una unidad de Vale Basado en Proyecto (PBV).
Las familias interesadas son remitidas a la propiedad para recibir asistencia basada en proyecto cuando una unidad está disponible y, de igual manera, se encuentran en la Lista de Espera Basada en Inquilinos del 2008. Debe seleccionar una o más propiedades para registrar su interés en la propiedad. Puede actualizar su interés por cualquier propiedad en cualquier momento.
Tenga en cuenta: Las unidades PBV no están disponibles para el público en general. La inscripción se limita a los titulares de vales activos y solicitantes que ya están en la Lista de Espera Basada en Inquilinos del 2008 de MDHCV.
Para más información o para inscribirse, vaya al portal de PBV: http://pbv.nanmckay.com
Atención Solicitantes, Participantes y Propietarios del Programa de Vales de Selección de Vivienda (Sección 8) - No sean Víctimas de Estafas de Fraude de Identidad. Si recibe una llamada de alguien que dice ser un empleado del Programa de Vales de Selección de Vivienda del Condado de Miami-Dade (Sección 8) pidiéndole información personal, como su número de seguro social, fecha de nacimiento, apellido de soltera de la madre o número de tarjeta de crédito, NO le proporcione información a la persona que llama. La persona que llama puede decirle que ha sido seleccionado para recibir un vale o que puede perder su vale si no proporciona la información. Si está en el proceso de arrendamiento de una unidad, la persona que llama puede decirle que su contrato está listo para firmar y que su información personal debe ser verificada. La persona puede decirles a los propietarios que tienen que pagar dinero para no tener que asistir a una clase obligatoria. Todas estas son estafas. El Programa de la Sección 8 no le exige pagar ningún servicio y no lo llamará para solicitar información personal. Si tiene alguna pregunta o inquietud, comuníquese con el centro de llamadas del Programa de Vales de Selección de Vivienda al 305-403-3222.
El 7 de marzo de 2013 la Reautorización de la Ley contra la Violencia hacia las Mujeres de 2013 (VAWA 2013) se convirtió en ley. VAWA 2013 protege a las personas que son víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual y acoso, independientemente de su sexo, identidad de género u orientación sexual, para que no se les niegue la asistencia por este motivo o como resultado directo de ser víctima de violencia doméstica. La ley se promulgó para garantizar que las agencias de vivienda pública y los propietarios cumplan con los requisitos antidiscriminatorios y de igualdad de oportunidades de HUD.
Para asegurarse de que los propietarios cumplan con esta Resolución Final de VAWA del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, familiarícese con sus derechos y obligaciones como propietario de vivienda asistida a través de la agencia de Vivienda Pública y Desarrollo Comunitario de Miami-Dade.
Tenga en cuenta que la Agencia de Vivienda Pública y Desarrollo Comunitario (PHCD, por sus siglas en inglés) suspenderá los Pagos de Asistencia para Vivienda (HAP, por sus siglas en inglés) el día después de la segunda inspección no aprobada por violaciones a los Estándares de Calidad de la Vivienda (HQS, por sus siglas en inglés) por parte de los propietarios. PHCD recuperará el HAP prorrateado que se pagó al propietario. Los propietarios no podrán recibir el pago HAP desde el día siguiente a la segunda inspección no aprobada hasta que la unidad apruebe la inspección.
La regulación 24 CFR 982.404 de HUD y la Sección B-3 del Contrato HAP requieren que el propietario mantenga la unidad y las instalaciones de acuerdo con los HQS. Si el propietario no mantiene la unidad de acuerdo con los HQS, PHCD debe tomar medidas inmediatas y rotundas para hacer que el propietario cumpla con su obligación, incluida la recuperación de sobrepagos, la suspensión del HAP y/o la cancelación del contrato HAP.
Se les recomienda a los propietarios que tomen medidas rápidas para corregir cualquier violación de los HQS para que no se les suspenda el HAP y cumplan con su Contrato HAP. Cuando se suspende el HAP, los propietarios deben solicitar una inspección de cumplimiento y la unidad debe aprobarla para terminar la suspensión. Las suspensiones se terminan el día después de que la unidad aprueba la inspección. Las inspecciones de cumplimiento generalmente se programan de 10 a 15 días después de realizar la solicitud al centro de llamadas al 305-403-3222.
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